martes, 25 de enero de 2011

COMUNICADO DE PRENSA 25-01-2011

S.U.V.I.C.O.

ENTREGA ESCOLAR 2011

DESDE EL LUNES 17/01/2011 HASTA EL VIERNES 18/02/2011 SE RECEPTARÁN LAS INSCRIPCIONES DE LOS HIJOS DE AFILIADOS EN ESCOLARIDAD PRIMARIA EN LA SEDE SINDICAL DE FAUSTINO ALLENDE 189

REQUISITOS :

PRESENTAR FOTOCOPIA DE LIBRETA DE CALIFICACIONES, EN LOS CASOS DE JARDIN DE 4 O DE 5 AÑOS DEBERÁ PRESENTAR LA CONSTANCIA DE INSCRIPCION (ESTABLACIMIENTOS DE ENSEÑANZA OFICIAL).

D.N.I. DE LOS HIJOS

RECIBO DE SUELDO

CREDENCIAL S.U. V.I.C.O. y O.S.P.E.V.I.C.

martes, 4 de enero de 2011

comunicado suvico 04-01-2011












S.U.V.I.C.O. Informa que el día 27/12/2010 en el área de Ministerio de Trabajo de la Nación Delegación Córdoba, se llegó a un acuerdo en el cual se solicitó un "bono de fin de año" para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo Nº 422/05 de vigilancia y se obtuvo un paliativo que queda conformado de la siguiente manera:

$200 el día 20/01/2011, $100 con los haberes del mes de enero de 2011, $200 con los haberes del mes de febrero de 2011.

Dichos conceptos tendrán el carácter de no remunerativos, no acumulables ni podrán ser descontados por una discusión paritaria a iniciarse en el mes de febrero de 2011, más si absorbidos hasta la resolución de dichas paritarias; en el supuesto que no se resolviera se mantendrán el pago de $200 mensuales hasta el nuevo acuerdo salarial.

A los efectos de interiorizar a todos los trabajadores de la presente conquista se manifiesta el S.U.V.I.C.O. haciendo participes a los contratantes de servicios de seguridad que son los responsables solidarios en lo que respecta al incumplimiento por parte de las empresas de vigilancia que trabajan en los diferentes servicios.

También se informa que rige con plena vigencia lo dispuesto en la resolución Nº2182/2010 de la Secretaria de Trabajo de la Provincia la cual ratifica y tiene como objetivo el control y cumplimiento del limite de la jornada de trabajo conforme ley 11.544, para el personal contemplado en el C.C.T. 422/05 en ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales – 192 hs. mensuales, tratamiento de horas extras al 50% y al 100%, horas nocturnas, horas trabajadas los días sábados domingos y feriados. En tal sentido se aclara que en virtud del "paliativo de fin de año" y atento a la solicitud de la Presidenta de la Nación de no alterar la paz social; por este motivo se dejaron sin efecto las movilizaciones en tanto y en cuanto se de estricto cumplimiento al mencionado acuerdo y no soslayen la Resolución Nº 2182/2010 de la Provincia de Córdoba a efectos de mantener la paz social.